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Gobiernos Educativos y educación pública

M Mario Andrés Diaz Llano · 10 de mayo de 2024, 09:25 · 1 min de lectura
Gobiernos Educativos y educación pública
Señor Director: El modelo de “gobierno” para las escuelas y liceos públicos constituye un factor a considerar en la diferencia de resul- tados que se genera entre el sistema público y el privado, el cual no sólo pasa por inyectarle mayores recursos (FAEP, SEP, PIE), sino también, por replantear la forma en que administra y cumple su función la dirección de un establecimiento educacional, generando con ello, distorsiones en medición de resultados académicos. Lamentablemente, la ley 19.070 (estatuto docente) y la ley 20.501 establecen una única forma de administración educacional o “gobierno docente” para la educación pública, compuesta por un Director, Subdirector, Jefe Técnico Pe- dagógico y un Inspector General; sin diferenciar el tipo de servicio educativo que se presta, el índice de vulnerabilidad o la cantidad de alumnos matriculados. Es decir, esta forma de administración es la misma para una escuela básica de 500 alumnos o un establecimiento como el Instituto Nacional con una matrícula de 4.000 alumnos en dos jornadas. Lo anterior, sin considerar que el Estatuto docente no regula una carrera directiva y que el incentivo económico para asumir estos cargos es bajo en comparación con la estabilidad laboral que otorgan. Christopher Gotschlich Abogado
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Mario Andrés Diaz Llano
Redacción La Discusión

Periodista de La Discusión — El diario más importante de la Región de Ñuble desde 1870.