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Corte absuelve a Carabinero condenado por delitos informáticos por error en la tipificación del delito

La Corte de Apelaciones de Chillán acogió el recurso de nulidad presentado por la Defensora Penal Pública María Daniela Carrasco y dictó sentencia de reemplazo, absolviendo al excarabinero Rodrigo Valenzuela Carrasco, del delito de acceso ilícito a sistemas informáticos con divul…

L ladiscusion · 04 de septiembre de 2026, 09:15 · 1 min de lectura
Corte absuelve a Carabinero condenado por delitos informáticos por error en la tipificación del delito

La Corte de Apelaciones de Chillán acogió el recurso de nulidad presentado por la Defensora Penal Pública María Daniela Carrasco y dictó sentencia de reemplazo, absolviendo al excarabinero Rodrigo Valenzuela Carrasco, del delito de acceso ilícito a sistemas informáticos con divulgación de información.

Fue el 22 de noviembre de 2022 cuando el entonces carabinero del Retén Bonilla, de Chillán, ingresó a la plataforma institucional “Sistema de Información Operativa” para extraer antecedentes personales de un ciudadano y enviarlos vía WhatsApp a su primo.

En junio pasado, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán lo había condenado a 541 días de presidio, decisión adoptada en fallo dividido, con el voto en contra del juez Juan Pablo Lagos, quien estuvo por absolver al estimar que la conducta no satisfacía la descripción legal del delito.

Al revisar el caso, la Segunda Sala del tribunal de alzada compartió la postura disidente.

En su análisis técnico, los ministros establecieron que uno de los requisitos que se exigen para acreditar el delito no se cumplía, dado que Valenzuela utilizó el computador institucional y su propio nombre de usuario y contraseña provistos por la institución, por lo que no existió vulneración de mecanismos de protección.

Conforme al fallo, si bien la conducta reviste gravedad y merece sanción en sede administrativa o disciplinaria, resulta atípica en el ámbito penal.

Asimismo, los magistrados resolvieran que al no configurarse un acceso ilícito previo, la posterior divulgación de los antecedentes a un tercero tampoco resulta punible bajo la norma invocada por el Ministerio Público, decretando la absolución definitiva del exuniformado

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Redacción La Discusión

Periodista de La Discusión — El diario más importante de la Región de Ñuble desde 1870.